Ley [LEMEFAGN]
Articulo 23
Ley De Educación Militar Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional
Artículo 23.- La Dirección y Rectoría expedirá las normas técnico-didácticas aplicables en el proceso educativo, de conformidad al tipo y nivel y modalidades educativas, capacitando al personal responsable de las Instituciones del Sistema Educativo Militar en su aplicación.