Ley [LEMEFAGN]
Articulo 27
Ley De Educación Militar Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional
Artículo 27.- La evaluación del proceso educativo estará dirigida a diagnosticar el cumplimiento de los objetivos de la Educación Militar y la calidad de los servicios educativos que proporcione por sí o por medio de otras instituciones.