Ley [LGAg]

Articulo 13

Ley General De Aguas

Artículo 13. La Secretaría de Salud y sus órganos desconcentrados, en coordinación con los estados y la Ciudad de México implementarán medidas enfocadas a la prevención, tratamiento y control de enfermedades asociadas a la falta de servicios adecuados y a la contaminación del agua.

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