Artículo 19. La Comisión, en coordinación con las entidades federativas, promoverá acciones e incentivos para el aumento progresivo del saneamiento, tratamiento y reutilización de las aguas residuales.
Artículo 19. La Comisión, en coordinación con las entidades federativas, promoverá acciones e incentivos para el aumento progresivo del saneamiento, tratamiento y reutilización de las aguas residuales.