Artículo 4. Para efectos de la se entenderá por:
- Agua Potable: Agua para uso y consumo humano que no causa efectos nocivos a la salud y que no presenta propiedades objetables o contaminantes en concentraciones fuera de los límites permisibles.
- Comisión: Comisión Nacional del Agua.
- Consejos de Cuenca: Órganos colegiados de integración mixta, que serán instancia de coordinación y concertación, apoyo, consulta y asesoría, entre la Comisión, incluyendo el Organismo de Cuenca que corresponda, y las dependencias y entidades de las instancias federal, estatal o municipal, y los representantes de las personas usuarias de agua y de las organizaciones de la sociedad, de la respectiva cuenca o región hidrológica.
- Cultura del agua: Conjunto de conocimientos, valores, actitudes, costumbres y hábitos que son transmitidos a un individuo o sociedad para crear una consciencia responsable sobre el uso racional, la importancia del agua para el desarrollo de todo ser vivo, la disponibilidad del recurso en su entorno y las acciones necesarias para obtenerla, distribuirla, desalojarla, limpiarla y reutilizarla.
- Derecho humano al agua: Acceso, disposición y saneamiento del agua para consumo personal y doméstico en forma suficiente, salubre, aceptable y asequible.
- Estrategia Nacional Hídrica: Instrumento rector de la política hídrica del país a mediano y largo plazo que contiene los objetivos, metas e indicadores necesarios para evaluar el cumplimiento de la obligación del Estado en materia del derecho humano al agua y al saneamiento.
- Gestión del agua: Proceso sustentado en principios, políticas, acciones, recursos, instrumentos, sistemas normativos formales y no formales, bienes, derechos, atribuciones y responsabilidades de los tres órdenes de gobierno, mediante el que las autoridades responsables, las comunidades, las personas usuarias del agua y la sociedad, de manera coordinada y participativa promueven e instrumentan el uso sustentable, la distribución equitativa y la administración.
- Infraestructura Hidráulica: Obras de captación, circulación, distribución, almacenaje y limpieza que tienen por objeto prestar el servicio público de agua y saneamiento.
- Ley: .
- Saneamiento: Proceso de eliminación higiénica de las excretas de las aguas residuales, el cual incluye la prevención, aislamiento y eliminación de contaminantes a fin de mitigar los riesgos ambientales y sanitarios acorde a los estándares internacionales y las mejores prácticas en la materia.
- Secretaría: Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.
- Servicio intermunicipal de agua y saneamiento: Integración de dos o más organismos operadores de agua de una sola entidad federativa que mediante convenio, se encargan de forma coordinada del almacenaje, conducción, distribución, medición, drenaje sanitario, drenaje pluvial, alcantarillado, disposición y saneamiento o tratamiento de las aguas residuales, facturación y cobro del suministro de agua para centros de población y asentamientos humanos.
- Servicios municipales de agua y saneamiento: El almacenamiento, conducción, distribución y medición de agua potable, así como del drenaje sanitario, drenaje pluvial, alcantarillado, disposición y saneamiento o tratamiento de las aguas residuales y reúso de aguas residuales tratadas, facturación y cobro del suministro de agua para centros de población y asentamientos humanos en un municipio a cargo de los organismos operadores de agua.
- Sistemas comunitarios de agua y saneamiento: Instancias conformadas por personas de una comunidad, organizadas bajo sistemas normativos propios con la finalidad de prestar el servicio de agua potable y en su caso, tratamiento de aguas residuales, sin una lógica de lucro o ganancia.
- Sistemas de captación de agua pluvial: Mecanismos que permiten la recolección, filtración, tratamiento y almacenaje del agua de lluvia que cae en el techo o cubierta para su posterior uso y aprovechamiento en la vivienda o edificación.
- Soluciones basadas en la naturaleza: Serie de procesos infundidos en la naturaleza, que reproducen los ciclos naturales del agua para contribuir a su gestión integral, así como a la conservación, o bien, la rehabilitación de ecosistemas naturales y la implementación o mejora de procesos naturales en ecosistemas artificiales o modificados en beneficio del ciclo hidrológico.