Ley [LGPSVD_040521]
Articulo primero
Ley General Para La Prevención Social De La Violencia Y La Delincuencia
Artículo primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ley [LGPSVD_040521]
Ley General Para La Prevención Social De La Violencia Y La Delincuencia
Artículo primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.