Lectura de artículo · LGPSVD_040521

Artículo 26

Ley General Para La Prevención Social De La Violencia Y La Delincuencia

Artículo 26.- La coordinación entre los diferentes mecanismos y espacios de participación ciudadana, tanto comunitaria como local, será un objetivo fundamental del Centro Nacional, para lo cual desarrollará lineamientos claros de participación y consulta.

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