Ley [LGPSVD_040521]

Artículo 24 de Ley General Para La Prevención Social De La Violencia Y La Delincuencia

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Ley General Para La Prevención Social De La Violencia Y La Delincuencia (LGPSVD_040521)

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Artículo 24.- La participación ciudadana y comunitaria, organizada o no organizada, en materia de prevención social de la violencia y la delincuencia, es un derecho de las personas.

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