Artículo 27.- Son atribuciones del Secretario Ejecutivo de la Comisión:
- I- Representar a la Comisión;
- II- Notificar las resoluciones de la Comisión, a través de la Secretaría;
- III- Realizar los estudios que le encomiende la Comisión;
- IV- Presentar al Congreso de la Unión un informe estadístico cuatrimestral sobre el comportamiento de la inversión extranjera en el país, que incluya los sectores económicos y las regiones en las que ésta se ubica; y
Fracción reformada DOF
- V- Las demás que le correspondan conforme a .