Ley [LIE]

Articulo 3o

Ley De Inversión Extranjera

Artículo 3o.- Para los efectos de se equipara a la inversión mexicana la que efectúen los extranjeros en el país con la condición de estancia de Residente Permanente, salvo aquélla realizada en las actividades contempladas en los Títulos Primero y Segundo de .

Artículo reformado DOF

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