Ley [LIFNCT]

Articulo 10

Ley Del Instituto Del Fondo Nacional Para El Consumo De Los Trabajadores

Artículo 10.- El patrimonio del Instituto se integra por:

  1. Los bienes muebles e inmuebles que se destinen a su servicio;
  2. El efectivo y todos los derechos del Fondo susceptibles de hacerse líquidos;
  3. Las utilidades, ingresos propios, intereses, rendimientos, plusvalías y demás recursos que deriven de sus operaciones y los que resulten del aprovechamiento de sus bienes;
  4. Las donaciones que se otorguen a su favor, y
  5. Los demás bienes, derechos y recursos que adquiera por cualquier título legal.
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