Ley [LIFNCT]
Articulo 10
Ley Del Instituto Del Fondo Nacional Para El Consumo De Los Trabajadores
Artículo 10.- El patrimonio del Instituto se integra por:
- Los bienes muebles e inmuebles que se destinen a su servicio;
- El efectivo y todos los derechos del Fondo susceptibles de hacerse líquidos;
- Las utilidades, ingresos propios, intereses, rendimientos, plusvalías y demás recursos que deriven de sus operaciones y los que resulten del aprovechamiento de sus bienes;
- Las donaciones que se otorguen a su favor, y
- Los demás bienes, derechos y recursos que adquiera por cualquier título legal.