Ley [LIFNCT]
Articulo 19
Ley Del Instituto Del Fondo Nacional Para El Consumo De Los Trabajadores
Artículo 19.- El Instituto contará con los siguientes comités de apoyo:
- De Operaciones;
- De Crédito;
- De Auditoría, Control y Vigilancia;
- De Administración Integral de Riesgos;
- Recursos Humanos, y
- Los demás que constituya el Consejo.