Ley [LSPREM]

Articulo segundo

Ley Del Sistema Público De Radiodifusión Del Estado Mexicano

TRANSITORIOS

segundo.. Se abrogan la Ley Federal de Telecomunicaciones y la Ley Federal de Radio y Televisión. Se dejan sin efectos aquellas disposiciones de la en lo que se opongan a lo dispuesto en la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que se expide por virtud del presente Decreto.

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