Ley [LSPREM]

Articulo tercero

Ley Del Sistema Público De Radiodifusión Del Estado Mexicano

TRANSITORIOS

tercero.. Las disposiciones reglamentarias y administrativas y las normas oficiales mexicanas en vigor, continuarán aplicándose hasta en tanto se expidan los nuevos ordenamientos que los sustituyan, salvo en lo que se opongan a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión que se expide por virtud del presente Decreto.

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