Ley [LSPREM]

Articulo trigésimo primero

Ley Del Sistema Público De Radiodifusión Del Estado Mexicano

TRANSITORIOS

trigésimo primero.. Los recursos humanos, presupuestales, financieros y materiales del Organismo Promotor de Medios Audiovisuales, pasarán a formar parte del Sistema Público de Radiodifusión del Estado Mexicano una vez que se nombre a su Presidente, sin menoscabo de los derechos laborales de sus trabajadores.

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