Ley [LSPREM]

Articulo trigésimo tercero

Ley Del Sistema Público De Radiodifusión Del Estado Mexicano

TRANSITORIOS

trigésimo tercero.. El expedirá los lineamientos a que se refiere la fracción III del artículo de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, en un plazo no mayor a 180 días naturales contados a partir del día siguiente a la entrada en vigor del presente Decreto.

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