Ley [96_190418]
Articulo 26
Ley Del Servicio Exterior Mexicano
Artículo 26.- La Comisión de Personal, en los términos de y su Reglamento, tendrá como atribuciones someter a la consideración del Secretario recomendaciones para el ingreso, reincorporación, ascensos, traslados, comisiones, disponibilidades, separaciones, retiro, aprobación y modificaciones al Plan de Carrera, asuntos disciplinarios y casos excepcionales de licencia de personal del Servicio Exterior.
Asimismo, someterá a la consideración del Secretario recomendaciones de mejora continua del Servicio Exterior, para lo cual se apoyará en la Subcomisión de Análisis y Prospectiva.
Artículo reformado DOF