Ley [96_190418]
Articulo 53-bis
Ley Del Servicio Exterior Mexicano
Artículo 53-bis.- Son causas de baja del Servicio Exterior las siguientes:
- Por renuncia;
- Por jubilación;
- Por declaración de estado de interdicción mediante sentencia que cause ejecutoria;
- Por incumplir una orden de traslado;
- Por no presentarse al término de una comisión, disponibilidad o licencia a reanudar sus funciones. En los dos primeros casos ante la Dirección General y, en el tercero, en el lugar en el que se encontraba adscrito;
- Por dejar de cumplir con los requisitos señalados en el artículo , fracciones I, III y IV de , y
Fracción reformada DOF
- Se deroga.
Fracción derogada DOF
- Por actualizar alguno de los supuestos establecidos en el artículo de la Ley.
Fracción reformada DOF
Artículo adicionado DOF