Ley [96_190418]

Articulo 56-bis

Ley Del Servicio Exterior Mexicano

Artículo 56-bis.- El presente capítulo tiene por objeto establecer las irregularidades en las que se pueden incurrir, durante el ejercicio de funciones como Miembros del Servicio Exterior, las sanciones aplicables a las mismas, así como el procedimiento para su aplicación.

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