Ley [LCID_061120]
Articulo 5
Ley De Cooperación Internacional Para El Desarrollo
Artículo 5. La autoridad competente para la aplicación e interpretación de la será la Secretaría.
Ley [LCID_061120]
Ley De Cooperación Internacional Para El Desarrollo
Artículo 5. La autoridad competente para la aplicación e interpretación de la será la Secretaría.