Ley [LFD]
Artículo 90 de Ley Federal De Derechos
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Ley Federal De Derechos (LFD)
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Artículos cercanos
Artículo 90 .- Por los servicios de certificación sobre producción de semillas, se pagará el derecho de certificación de semilla conforme a lo siguiente:
- Por la expedición de certificado de origen para exportación, por cada uno $573.56
- Por la expedición de certificados de calidad, por etiqueta $3.23
Fracción reformada DOF
- Por la autorización a personas físicas o morales como organismos de certificación de semillas o como mantenedores de la identidad varietal:
Párrafo reformado DOF
- Autorización $15,568.42
Inciso reformado DOF
- Autorización $15,568.42
- b).- Por refrendo anual $7,784.05
Inciso adicionado DOF
- c).- (Se deroga).
Inciso derogado DOF
- Por el estudio de la solicitud y, en su caso, la inscripción en el catálogo de variedades factibles de certificación $478.33
Fracción adicionada DOF
- Por la expedición del certificado internacional de calidad de semilla, por etiqueta $6.00
Fracción adicionada DOF
- Por la expedición de certificado internacional de calidad, para semilla finalmente no certificada $598.14
Fracción adicionada DOF
Artículo derogado DOF . Adicionado DOF