Ley [LGCT]
Articulo 11
Ley General Para El Control Del Tabaco
Artículo 11. Para poner en práctica las acciones del Programa contra el Tabaquismo, se tendrán en cuenta los siguientes aspectos:
- La generación de la evidencia científica sobre las causas y consecuencias del tabaquismo y sobre la evaluación del programa;
- La educación a la familia para prevenir el consumo de tabaco por parte de niños y adolescentes;
- La vigilancia e intercambio de información, y
- La cooperación científica, técnica, jurídica y prestación de asesoramiento especializado.