Ley [LGCT]
Articulo 30
Ley General Para El Control Del Tabaco
Artículo 30. La Secretaría vigilará que los productos del tabaco y productos accesorios al tabaco materia de importación cumplan con , sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.
En los casos en que los productos de importación no reúnan los requisitos o características que establezca la legislación correspondiente, la Secretaría aplicará las medidas de seguridad que correspondan de acuerdo con la .