Ley [LGCT]
Articulo 44
Ley General Para El Control Del Tabaco
Artículo 44. La Secretaría pondrá en operación una línea telefónica de acceso gratuito para que los ciudadanos puedan efectuar denuncias, quejas y sugerencias sobre los espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones así como el incumplimiento de , sus reglamentos y demás disposiciones aplicables.
Artículo reformado DOF