Ley [LGCT]

Articulo 5

Ley General Para El Control Del Tabaco

Artículo 5. La tiene las siguientes finalidades:

  1. Proteger la salud de la población de los efectos nocivos del tabaco;
  2. Proteger los derechos de los no fumadores a vivir y convivir en espacios 100 por ciento libres de humo de tabaco y emisiones;

    Fracción reformada DOF

  3. Establecer las bases para la protección contra el humo de tabaco;
  4. Establecer las bases para la producción, etiquetado, empaquetado, promoción, publicidad, patrocinio, distribución, venta, consumo y uso de los productos del tabaco;
  5. Instituir medidas para reducir el consumo de tabaco, particularmente en los menores;
  6. Fomentar la promoción, la educación para la salud, así como la difusión del conocimiento de los riesgos atribuibles al consumo y a la exposición al humo de tabaco;
  7. Establecer los lineamientos generales para el diseño y evaluación de legislación y políticas públicas basadas en evidencia contra el tabaquismo;
  8. Establecer los lineamientos generales para la entrega y difusión de la información sobre los productos del tabaco y sus emisiones, y
  9. Las demás que sean necesarias para el cumplimiento de sus objetivos.
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