Ley [LGDOCIA_070121]
Articulo 1
Ley General Para La Detección Oportuna Del Cáncer En La Infancia Y La Adolescencia
Artículo 1.- La es de orden público, interés social y observancia general en el territorio nacional, tiene por objeto establecer, dentro de las dependencias de la Administración Pública del Sistema Nacional de Salud, las medidas necesarias para la atención integral y universal de las niñas, niños y adolescentes menores de 18 años con sospecha o diagnóstico de cáncer.