Ley [LGMHCTI]
Articulo 55
Ley General En Materia De Humanidades, Ciencias, Tecnologías E Innovación
Artículo 55. Las personas que realicen proyectos de investigación humanística y científica, desarrollo tecnológico e innovación podrán gozar del estímulo fiscal previsto en el artículo de la . Para el otorgamiento de dicho estímulo se deberá aplicar lo establecido en dicho ordenamiento y en las reglas generales que al efecto se emitan conforme a esta última.