Ley [LGMHCTI]

Articulo décimo noveno

Ley General En Materia De Humanidades, Ciencias, Tecnologías E Innovación

TRANSITORIOS

décimo noveno.. Las erogaciones que se generen con motivo de la entrada en vigor de la , se cubrirán con cargo al respectivo presupuesto aprobado del Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (ahora Consejo Nacional de Humanidades, Ciencias y Tecnologías), así como de las entidades paraestatales reconocidas como Centros Públicos de Investigación, y demás entes de la Administración Pública Federal involucrados en la implementación de la , por lo que no se autorizarán recursos adicionales para tal efecto durante el ejercicio fiscal que corresponda y subsecuentes. Asimismo, cualquier modificación a su estructura orgánica se deberá realizar mediante movimientos compensados conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.

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