Ley [LDEFAGN]

Articulo 25

Ley De Disciplina Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional

Artículo 25.- El arresto es el correctivo disciplinario que se impone a un militar y que debe cumplir en el interior de las unidades, dependencias o instalaciones militares, puede ser impuesto con o sin perjuicio del servicio.

En el primer caso, sólo podrán desempeñarse aquellos servicios que no requieran salir del alojamiento, por estar el militar a disposición de su Comandante o Jefe de la Unidad, dependencia o instalación.

Artículo reformado DOF ,

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