Ley [LDEFAGN]
Articulo 25
Ley De Disciplina Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional
Artículo 25.- El arresto es el correctivo disciplinario que se impone a un militar y que debe cumplir en el interior de las unidades, dependencias o instalaciones militares, puede ser impuesto con o sin perjuicio del servicio.
En el primer caso, sólo podrán desempeñarse aquellos servicios que no requieran salir del alojamiento, por estar el militar a disposición de su Comandante o Jefe de la Unidad, dependencia o instalación.
Artículo reformado DOF ,