Ley [LDEFAGN]
Articulo 29
Ley De Disciplina Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional
Artículo 29.- El que impida el cumplimiento de un arresto, el que permita que se quebrante, así como el que no lo cumpla, serán sancionados de acuerdo a lo dispuesto en el .
Artículo reformado DOF