Ley [LDEFAGN]
Articulo 36 ter
Ley De Disciplina Del Ejército, Fuerza Aérea Y Guardia Nacional
Artículo 36 ter.- El Consejo Superior de Disciplina está integrado por:
- Presidente: La persona titular de la Subsecretaría de la Defensa Nacional;
- Primera vocalía: La persona titular de la Oficialía Mayor de la Secretaría de la Defensa Nacional;
- Segunda vocalía: La persona titular de la Inspección y Contraloría del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional;
- Tercera vocalía: La persona titular de la Jefatura del Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional;
- Cuarta vocalía: La persona titular de la Comandancia del Ejército Mexicano;
- Quinta vocalía: La persona titular de la Comandancia de la Fuerza Aérea Mexicana;
- Sexta vocalía: La persona titular de la Comandancia de la Guardia Nacional;
- Secretaría del Consejo: La persona titular de la Subjefatura Administrativa y Logística del Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional;
- Secretaría Adjunta del Consejo: La persona titular de la Jefatura de la Sección Primera (Recursos Humanos) del Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional;
- Primera asesoría: La persona titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de la Defensa Nacional, y
- Segunda asesoría: La persona titular de la Asesoría Jurídica del Estado Mayor Conjunto de la Defensa Nacional.
Artículo adicionado DOF