Ley [LFMZAAH]
Articulo primero
Ley Federal Sobre Monumentos Y Zonas Arqueológicos, Artísticos E Históricos
Artículo primero.- entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.
Ley [LFMZAAH]
Ley Federal Sobre Monumentos Y Zonas Arqueológicos, Artísticos E Históricos
Artículo primero.- entrará en vigor a los treinta días de su publicación en el "Diario Oficial" de la Federación.