Ley [LFPDPPP]

Articulo 1

Ley Federal De Protección De Datos Personales En Posesión De Los Particulares

Artículo 1. La es de orden público y de observancia general en todo el territorio nacional y tiene por objeto la protección de los datos personales en posesión de los particulares, con la finalidad de regular su tratamiento legítimo, controlado e informado, a efecto de garantizar la privacidad y el derecho a la autodeterminación informativa de las personas.

Quedan exceptuados de la aplicación de la :

  1. Las sociedades de información crediticia en los supuestos de la y demás disposiciones aplicables, y
  2. Las personas que lleven a cabo la recolección y almacenamiento de datos personales, que sea para uso exclusivamente personal, y sin fines de divulgación o utilización comercial.
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