Ley [LFPDPPP]
Articulo 30
Ley Federal De Protección De Datos Personales En Posesión De Los Particulares
Artículo 30. En el caso de solicitudes para el ejercicio del derecho de rectificación de datos personales, la persona titular deberá indicar, además de lo señalado en el artículo de , las modificaciones a realizarse y aportar la documentación que sustente su petición.