Ley [LFPDPPP]
Articulo 58
Ley Federal De Protección De Datos Personales En Posesión De Los Particulares
Artículo 58. Constituyen infracciones a , las conductas llevadas a cabo por el responsable:
- No cumplir con la solicitud para el ejercicio de los derechos ARCO de la persona titular, sin razón fundada, en los términos previstos en ;
- Actuar con negligencia o dolo durante la sustanciación de las solicitudes para el ejercicio de los derechos ARCO;
- Declarar dolosamente la inexistencia de datos personales, cuando exista total o parcialmente en las bases de datos del responsable;
- Dar tratamiento a los datos personales en contravención a los principios establecidos en la ;
- Omitir en el aviso de privacidad, alguno o todos los elementos a que se refiere el artículo de ;
- Mantener datos personales inexactos cuando resulte imputable al responsable, o no efectuar las rectificaciones o cancelaciones de los mismos que legalmente procedan cuando resulten afectados los derechos de las personas titulares;
- No cumplir con el apercibimiento a que se refiere la fracción I del artículo de la ;
- Incumplir el deber de confidencialidad establecido en el artículo de ;
- Cambiar sustancialmente la finalidad originaria del tratamiento de los datos, sin observar lo dispuesto por el artículo de ;
- Transferir datos a terceros sin comunicar a estos el aviso de privacidad que contiene las limitaciones a que la persona titular sujetó la divulgación de los mismos;
- Vulnerar la seguridad de bases de datos, locales, programas o equipos, cuando resulte imputable al responsable;
- Llevar a cabo la transferencia o cesión de los datos personales, fuera de los casos en que esté permitida por la Ley;
- Recabar o transferir datos personales sin el consentimiento expreso de la persona titular, en los casos en que éste sea exigible;
- Obstruir los actos de verificación de la autoridad;
- Recabar datos en forma engañosa y fraudulenta;
- Continuar con el uso ilegítimo de los datos personales cuando se ha solicitado el cese del mismo por la Secretaría o las personas titulares;
- Tratar los datos personales de manera que se afecte o impida el ejercicio de los derechos ARCO establecidos en el artículo de la ;
- Crear bases de datos en contravención a lo dispuesto por el artículo , segundo párrafo de , y
- Cualquier incumplimiento del responsable a las obligaciones establecidas a su cargo en términos de lo previsto en la .