Ley [LFPDPPP]
Articulo décimo primero
Ley Federal De Protección De Datos Personales En Posesión De Los Particulares
décimo primero..- Los municipios podrán cumplir con las obligaciones a su cargo en materia de transparencia y acceso a la información, en términos de lo previsto en el transitorio Décimo de la que se abroga por virtud de este Decreto.