Ley [LGES_200421]

Articulo 5

Ley General De Educación Superior

Artículo 5. Las políticas y acciones que se lleven a cabo en materia de educación superior formarán parte del Acuerdo Educativo Nacional establecido en la para lograr una cobertura universal en educación con equidad y excelencia.

La Secretaría propondrá la adopción de medidas para que las entidades federativas y los municipios, así como las instituciones de educación superior, participen en el cumplimiento de este artículo, con base en lo siguiente:

  1. Reconocimiento a la diversidad y respeto a las características de los subsistemas bajo los cuales se imparte educación superior;
  2. Concurrencia en el cumplimiento de la cobertura universal en educación;
  3. Respeto a la soberanía de las entidades federativas, así como a su ámbito de competencia, en materia de educación superior;
  4. Contribución al fortalecimiento y mejora continua del Sistema Educativo Nacional, y
  5. Respeto a la autonomía que la ley otorga a las universidades e instituciones de educación superior.
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