Ley [LGSNA_200521]
Articulo 26
Ley General Del Sistema Nacional Anticorrupción
Artículo 26. El patrimonio de la Secretaría Ejecutiva estará integrado por:
- Los bienes que le sean transmitidos por el Gobierno Federal para el desempeño de sus funciones;
- Los recursos que le sean asignados anualmente en el Presupuesto de Egresos de la Federación correspondientes, y
- Los demás bienes que, en su caso, le sean transferidos bajo cualquier otro título.
- IIIas relaciones de trabajo entre la Secretaría Ejecutiva y sus trabajadores, se rigen por el artículo , Apartado B, de la .