Ley [LGSNA_200521]

Articulo 8

Ley General Del Sistema Nacional Anticorrupción

Artículo 8. El Comité Coordinador es la instancia responsable de establecer mecanismos de coordinación entre los integrantes del Sistema Nacional y tendrá bajo su encargo el diseño, promoción y evaluación de políticas públicas de combate a la corrupción.

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