Ley [LNUF]

Articulo 13

Ley Nacional Sobre El Uso De La Fuerza

Artículo 13. El uso de la fuerza letal será el último recurso en cualquier operativo. En su caso, los agentes deberán comprobar que la agresión era real, actual o inminente, sin derecho, que ponía o podría poner en peligro la vida o integridad física de personas ajenas o de uno de ellos y que el uso de la fuerza en los niveles referidos en las fracciones I a la IV del artículo , eran insuficientes para repeler, contrarrestar o neutralizar los actos de resistencia.

Citado por 0 leyes