Ley [LNUF]
Articulo 2
Ley Nacional Sobre El Uso De La Fuerza
Artículo 2. La tiene por objeto:
- Establecer las normas generales bajo las cuales los integrantes de las instituciones de seguridad pueden ejercer el uso de la fuerza y utilizar el armamento oficial para el desempeño de sus funciones;
- Regular el catálogo normativo de funciones, derechos, obligaciones y prohibiciones para los integrantes de las instituciones de seguridad que ejercen el uso de la fuerza;
- Establecer las reglas para el control y administración del equipamiento oficial de los integrantes de las instituciones de seguridad;
- Normar los esquemas de coordinación operativa para las instituciones de seguridad en el uso de la fuerza y del armamento oficial;
- Brindar certeza jurídica y transparencia a la ciudadanía en relación con el uso de la fuerza que realicen las instituciones de seguridad en el ejercicio de sus funciones, y
- El establecimiento del régimen de responsabilidades por la inobservancia de .