Ley [LRCDN]
Articulo 30
Ley De Responsabilidad Civil Por Daños Nucleares
Artículo 30.- El reglamento de establecerá las bases de seguridad en las instalaciones nucleares; de ingresos o acceso; egreso o salida de todo su personal incluyendo el sindicalizado; y todas las demás que se requieran para la ejecución de la .