Ley [157]
Articulo 15
Ley Orgánica De La Universidad Autónoma Metropolitana
Artículo 15.- El Rector General de la Universidad será el representante legal de la institución. Durará en su cargo cuatro años y no podrá ser reelecto.
Ley [157]
Ley Orgánica De La Universidad Autónoma Metropolitana
Artículo 15.- El Rector General de la Universidad será el representante legal de la institución. Durará en su cargo cuatro años y no podrá ser reelecto.