Ley [71_240418]

Articulo 13

Ley De Sociedades De Solidaridad Social

Artículo 13.- Los socios pueden ser excluidos de la sociedad por las siguientes causas:

    I- Por incumplimiento de las obligaciones previstas en el Artículo .;
    II- Por malos manejos en los puestos de administración o vigilancia; y
    III- Por no acatar las disposiciones de las bases constitutivas, de los estatutos sociales de la declaración de principios, de las asambleas o de los reglamentos internos.
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