Ley [71_240418]
Articulo 13
Ley De Sociedades De Solidaridad Social
Artículo 13.- Los socios pueden ser excluidos de la sociedad por las siguientes causas:
- I- Por incumplimiento de las obligaciones previstas en el Artículo .;
- II- Por malos manejos en los puestos de administración o vigilancia; y
- III- Por no acatar las disposiciones de las bases constitutivas, de los estatutos sociales de la declaración de principios, de las asambleas o de los reglamentos internos.