Ley [71_240418]
Articulo 9o
Ley De Sociedades De Solidaridad Social
Artículo 9o.- Para ingresar a la sociedad, se requieren:
- I- Ser persona física de nacionalidad mexicana, en especial ejidatario, comunero, campesino sin tierra, parvifundista o persona que tenga derecho al trabajo.
- II- Estar identificado con los fines de la sociedad;
- III- Comprometerse a aportar su trabajo para los fines sociales;
- IV- Comprometerse a cumplir con las disposiciones que deriven de las bases constitutivas, de los estatutos, de la declaración de principios y de los reglamentos internos; y
- V- Ser aceptado por el Comité de Admisión de Socios.
- Va sociedad podrá, en todo tiempo, admitir nuevos socios.