Ley [LCNBV]
Articulo octavo
Ley De La Comisión Nacional Bancaria Y De Valores
octavo..- El Reglamento de la Comisión Nacional Bancaria y de Seguros en materia de Inspección, Vigilancia y Contabilidad, publicado en el de 24 de noviembre de 1988, continuará en vigor hasta que se expida el Reglamento a que se refiere el artículo de la .