Ley [LCNBV]
Articulo tercero
Ley De La Comisión Nacional Bancaria Y De Valores
tercero..- La Comisión Nacional Bancaria y la Comisión Nacional de Valores se transforman en el órgano desconcentrado a que se refiere .
Los bienes muebles e inmuebles propiedad del Gobierno Federal, que a la entrada en vigor de la se encuentren asignados a la Comisión Nacional Bancaria y a la Comisión Nacional de Valores, se asignarán a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.