Ley [LFFMAA]
Articulo 28
Ley Federal Para El Fomento De La Microindustria Y La Actividad Artesanal
Artículo 28.- La Secretaría emitirá y distribuirá gratuitamente a los interesados, las formas oficiales sobre la realización de trámites y otorgamiento de apoyos a las empresas que figuren en el Padrón.