Ley [LFPIORPI]
Articulo 26
Ley Federal Para La Prevención E Identificación De Operaciones Con Recursos De Procedencia Ilícita
Artículo 26. Las personas que realicen Actividades Vulnerables, incluidas quienes actúen por medio de fideicomisos, y deban presentar Avisos conforme a lo previsto por la Sección Segunda de este Capítulo, podrán presentarlos por conducto de una Entidad Colegiada que deberá cumplir los requisitos que establezca .
Artículo reformado DOF