Ley [LFPIORPI]
Articulo 33 ter
Ley Federal Para La Prevención E Identificación De Operaciones Con Recursos De Procedencia Ilícita
Artículo 33 ter. Las sociedades mercantiles también deben registrar en el sistema electrónico referido en el artículo de la Ley, la información necesaria para identificar a la persona o grupo de personas que cumplan los supuestos para ser consideradas como Beneficiario Controlador de dichas personas morales, conforme a los lineamientos que al efecto emita la Secretaría en los términos de .
Artículo adicionado DOF